Quiénes están obligados a emitir Factura de Crédito Electrónica en Argentina

Si tu empresa vende a otras empresas y factura a plazo, es probable que en algún momento te hayas preguntado si te corresponde emitir una Factura de Crédito Electrónica (FCE) o una factura común. La respuesta no depende de qué tipo de empresa sos, sino de a quién le vendés y bajo qué condiciones.

Esta nota es para vos si necesitás entender si tu empresa está alcanzada por el régimen de FCE, para evitar errores de facturación y, de paso, empezar a aprovechar el instrumento a tu favor.

Qué es el régimen de Factura de Crédito Electrónica

La Factura de Crédito Electrónica es un régimen pensado para operaciones entre empresas, con el objetivo de darle a quien vende una herramienta para cobrar antes de la fecha de vencimiento pactada, en lugar de esperar los plazos que a veces imponen las empresas más grandes. Si todavía no tenés claro el concepto general, lo desarrollamos en qué es una Factura de Crédito Electrónica.

El régimen fue diseñado especialmente pensando en las PyMEs, que suelen ser las que más sufren los plazos largos de cobro cuando venden a empresas de mayor tamaño.

Quiénes están obligados a emitirla

En términos generales, la obligación de emitir FCE aplica quiénes venden bienes o servicios a plazo a otra empresa, cuando esa operación queda encuadrada dentro de los parámetros que define la normativa vigente (tipo de operación, condición de los sujetos involucrados y montos mínimos establecidos por ARCA).

Como estos parámetros (montos, plazos y excepciones puntuales) pueden actualizarse, la forma más confiable de confirmar si tu empresa está alcanzada es:

  • Consultar la normativa vigente directamente en el sitio de ARCA.
  • Revisar en tu sistema de facturación si te habilita a emitir el comprobante como FCE.
  • Consultar con tu contador si tenés dudas sobre un caso puntual.

Quiénes quedan exceptuados del régimen

Existen algunas excepciones dentro del régimen, generalmente vinculadas a:

  • El tamaño o la categoría del sujeto comprador (por ejemplo, cuando la contraparte no encuadra como gran empresa).
  • El tipo de actividad u operación realizada.
  • Operaciones que ya cuentan con otro instrumento de cobro previsto por la normativa.

Nuevamente, dado que estas excepciones pueden variar, lo más seguro es confirmarlas con tu contador o directamente en ARCA antes de decidir cómo facturar una operación puntual.

Qué pasa si te corresponde emitir FCE y no lo hacés

Facturar de forma incorrecta puede traerte complicaciones administrativas e impositivas. Además, si te corresponde emitir FCE y facturás con un comprobante común, te quedás afuera de la posibilidad de descontar esa factura para adelantar su cobro, que es justamente uno de los mayores beneficios del régimen.

En qué se diferencia la FCE de una factura común

La diferencia principal es que la FCE nace como un instrumento negociable: le podés ceder a un tercero el derecho a cobrarla antes de su vencimiento. Una factura común no tiene esa característica. Si querés ver el detalle completo de en qué se diferencian en la práctica, lo desarrollamos en FCE vs factura A común.

Qué hacer si tu empresa ya emite FCE

Si tu empresa ya está alcanzada por el régimen y emite Facturas de Crédito Electrónicas, tenés la posibilidad de no esperar a la fecha de vencimiento para cobrarlas: podés descontarlas y obtener el efectivo antes. Te contamos cómo funciona ese proceso en cómo descontar una FCE paso a paso.

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